PRUEBA DE SUFICIENCIA INVESTIGADORA
Certificado de Estudios Avanzados - DEA

Información de la UNED sobre el DEA y la Prueba de Suficiencia Investigadora

Una vez FINALIZADOS los Trabajos de Investigación y el Período de Investigación, (y una vez evaluados estos y puestas las correspondientes notas y actas), se procederá ala celebración de la Prueba de Suficiencia Investigadora del programa de Doctorado. Esta prueba se realizará una vez cada curso, en la primera quincena de Octubre, y en ella se evaluarán TODOS los Alumnos de Doctorado que hayan finalizado en ese curso los Trabajos de Investigación.

El alumno, una vez superados los créditos de los Trabajos de Investigación, deben rellenar el formulario de petición de realización de Prueba de Suficiencia Investigadora y de Expedición del DEA. Este pago se realizará con una antelación de un mes de la Prueba (Modelo DEA).

Antes de la Prueba, cada uno de los Directores de los Trabajos de Investigación debe realizar un informe personal de cada uno de los Trabajos realizados por cada uno de los Alumnos que se presenten a la Prueba y enviarlo al Coordinador del Programa con el Visto Bueno del Tutor del alumno.. E igualmente el Coordinador del Programa de Doctorado debe realizar un informe personal de cada uno de los Alumnos que se presenten a la Prueba.

El alumno, de forma previa a la Prueba (al menos dos semanas antes) debe enviar al Coordinador del Programa de Doctorado tres copias de la Memoria Docente e Investigadora (siguiendo el modelo existente Memoria DEA), con una extensión de tres a cinco páginas, en la que se resumas la presentación que se realizará en la Prueba, incluyendo la actividad realizada (de forma resumida) antes del programa de doctorado, durante el periodo de docencia, durante el periodo de investigación, y lo que esperas el alumno desarrollar en el futuro (como principio de Tesis o como Ideas de aplicación de lo aprendido en el Programa de Doctorado). Este envío irá acompañado del material que vaya a utilizar en la presentación (preferiblemente en formato electrónico, como presentación). Por último, deberá incluir una copia de los trabajos realizados tanto en el periodo docente como en el investigador.

LEGISLACIÓN SOBRE LA PRUEBA DE SUFICIENCIA INVESTIGADORA

Artículo 11. Reconocimiento de suficiencia investigadora.

1. El reconocimiento de la suficiencia investigadora se producirá como resultado de la valoración de los conocimientos adquiridos por el doctorando en los cursos y Trabajos de Investigación realizados; esta valoración se realizará por un Tribunal designado al efecto.

2. Al comienzo de cada curso académico, el Consejo de Departamento o Departamentos responsables del Programa elevará a la Comisión de Doctorado e Investigación de la UNED, para su aprobación, la propuesta del Tribunal encargado de valorar la suficiencia investigadora.

3. Este Tribunal, que será único para cada Programa, estará formado por: tres miembros doctores, uno de los cuales será ajeno al Departamento o Departamentos, pudiendo ser de otra Universidad o del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Al menos uno de los miembros tendrá la condición de Catedrático de Universidad y actuará como Presidente.

4. Dicho Tribunal convocará a los alumnos que hayan superado el período de investigación, para celebración de una prueba, que consistirá en una exposición pública de los resultados alcanzados a lo largo de los dos períodos del Programa de Doctorado.

5. El Tribunal remitirá a la Comisión de Doctorado e Investigación de la UNED la correspondiente acta donde se refleje el resultado de la prueba y la propuesta de reconocimiento de la suficiencia investigadora a los doctorandos que hayan superado aquélla, con indicación del área de conocimiento a la que deberá vincularse el certificado-diploma.

6. La superación de esta prueba garantizará la suficiencia investigadora del doctorando y permitirá la obtención de un certificado-diploma de los estudios avanzados realizados. Ello supondrá, el reconocimiento a la labor realizada en una determinada área de conocimiento, acreditará su suficiencia investigadora y será homologable en todas las Universidades españolas. Si el Programa de Doctorado se corresponde con varias áreas de conocimiento, el certificado-diploma deberá vincularse a una de ellas.

Documento UNED sobre reconocimiento y adquisición de la Sufiencia Investigadora